Alterar los precio del mercado deberían penar a los ejecutivos de la empresas beneficiadas

La CNMC multa a Endesa y Naturgy con 25 millones por alterar los precios de la electricidad

El supervisor sanciona las eléctricas con 5,8 y 19,5 millones de euros por presentar precios elevados en sus ofertas en 2016
Central de Besós.
Central de Besós. A. G. 

La conducta de Endesa en las dos centrales catalanas se produjo en una zona que suele tener problemas de seguridad zonal, explica el supervisor, razón por la cual, entre octubre de 2016 y enero de 2017, se convocó todos los días el proceso de restricciones técnicas (programar la entrada en funcionamiento de centrales que no habían entrado en la subasta para evitar cortes en el suministro). Como resultado, añade la CNMC, durante varios días en los que las centrales estaban disponibles las ofertas no fueron casadas en el mercado diario, lo que llevó a programarlas posteriormente en el proceso de restricciones técnicas y produjo una alteración en la subasta que permitió que la compañía obtuviera unos ingresos superiores.

La sanción a Naturgy se estableció teniendo en cuenta que las ocho centrales anteriormente mencionadas se encuentran en zonas que hacían que su programación fuese necesaria con una alta probabilidad. Por ello, durante varios días entre octubre de 2016 y enero de 2017, en los que las centrales se encontraban disponibles, las ofertas no fueran casadas en el mercado diario y se programaron posteriormente en el proceso de restricciones técnicas, alterando el despacho de generación y brindando ingresos mayores a la compañía.

Beneficio ilícito

El mercado diario de generación eléctrica es el encargado de definir el 92% del precio de la electricidad, el restante del precio depende de los mercados de ajuste y las restricciones técnicas suponen en torno a la mitad de esta cantidad. Por tanto, la conducta ilícita se produjo en una parte del mercado que apenas tiene una incidencia del 4% en el precio final de la electricidad. El ciclo combinado era la tecnología de generación más cara y, por tanto, la última en entrar en el órden de mérito, pero aquellos días la mayoría de ciclos combinados fueron despachados como consecuencia de las condiciones climatológicas.

Durante el periodo octubre 2016-enero 2017 el precio del mercado mayorista de energía eléctrica experimentó un incremento progresivo hasta alcanzar los 90 euros/MWh. En aquel escenario de precios elevados, se analizaron los diversos factores que podrían haber causado dicho incremento, pues coincidieron una ola de frío, ausencia de agua y viento para producir electricidad indisponibilidad de centrales nucleares en Francia, subidas de los precios de los combustibles en los mercados internacionales tanto en Europa como en Asia, y situaciones de fuerza mayor en los suministros de gas de Argelia.

Como consecuencia de tales prácticas, Naturgy obtuvo un beneficio de 13 millones de euros, calculado como la diferencia entre los ingresos que obtuvo vendiendo la energía producida por las ocho centrales en el proceso restricciones técnicas y los ingresos que habrían obtenido vendiendo esa energía en el mercado diario. Endesa Generación obtuvo un beneficio con dicha práctica de 3,9 millones de euros, calculado como la diferencia entre los ingresos que obtuvo vendiendo la energía producida por las centrales de Besós 3 y 5 en el proceso restricciones técnicas y los ingresos que habría obtenido vendiendo esa energía en el mercado diario.

Ambas empresas tienen un plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la resolución de la CNMC.

Fuentes cercanas a Naturgy, que ha anunciado que recurrirá, sostiene que cumplió las reglas establecidas por lo que rechaza la base de la sanción, que es que las centrales de ciclo combinado no pueden ofertar us costes reales de funcionamiento. Con esta tesis la CNMC obligaría a ofertar por debajo del coste real de funcionamiento, afirman esas fuentes que añaden que de «de confirmarse la doctrina de la CNMC habría que cerrar todos los ciclos, porque no serán capaces de cubrir sus costes de funcionamiento»

Multa de 3 millones a Telefónica

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado también con 3 millones de euros a Telefónica por el incumplimiento de sus obligaciones en materia de coubicación en centrales cabecera. El regulador considera que, como mínimo desde 2012, la operadora comenzó a hacer un uso indebido de algunas centrales que había declarado inviables (en las que, en principio no se podían efectuar nuevos despliegues dada la falta de espacio).

Se trata de unas cien centrales cabecera en las que Telefónica realizó el despliegue de su nueva red de fibra óptica sin que se procediera previamente a informar de ello a la CNMC y a los operadores alternativos.

La CNMC ha explicado que el cumplimiento de las obligaciones de acceso, transparencia y no discriminación no impiden a Telefónica la renovación de su planta, pero si recupera nuevos espacios para el despliegue de su red de fibra óptica, debe compartir con otros operadores la información sobre disponibilidad de espacios.

Al no realizar así el procedimiento, privó a sus competidores de la posibilidad de planificar su despliegue teniendo en cuenta centrales susceptibles de uso, posibilidad con la que sí contó Telefónica porque ella sí está, en todo momento, en condiciones de conocer el estado de la central, ha apuntado la Comisión.

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